Cuando hablamos de menores y psicólogos hay ciertas consideraciones que debemos de tener en cuenta. Hemos de saber que un menor de edad no puede acudir al psicólogo en cualquier circunstancia y que hay leyes que regulan su atención psicológica y el papel de los padres o tutores en ella.

¿Puede un menor de edad ir al psicólogo? 

Sí, puede, pero con matices. Los menores de edad necesitarán el consentimiento de sus padres para acudir a un psicólogo. Partiendo de esta base, regulada por la ley, debemos establecer algunas aclaraciones sobre circunstancias concretas.

¿Necesita autorización de sus padres?

terapia para adolescentesAunque el artículo 25 del Código Deontológico de la profesión de Psicólogo es algo ambiguo al respecto, pues simplemente señala que “en caso de menores de edad o legalmente incapacitados, se hará saber a sus padres o tutores”, este no se puede situar por encima de lo que dictamina el Código Civil que establece quela patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro”. 

La ley establece que en casos no ordinarios, como es llevar a un menos a un psicólogo, la patria potestad precisa del acuerdo de ambos progenitores (excepto si en Sentencia Judicial se hubiera otorgado la capacidad para decidir en ese supuesto concreto a uno sólo de los progenitores). Por tanto, el profesional siempre deberá comprobar que ambos titulares de la patria potestad, y en pleno ejercicio de la misma, consienten que se lleven a cabo los servicios psicológicos solicitados por el menos o por uno de sus progenitores. 

¿Qué pasa si él quiere ir pero sus padres no le dejan? 

Si un psicólogo recibe a un menor, en primer lugar deberá obtener información sobre la situación de sus progenitores y de las causas por las que ambos no están en esa consulta. Un psicólogo nunca podrá atender a un menor sin el consentimiento de sus padres. En estos casos algunos profesionales señalan la posibilidad de acudir a un médico de cabecera que quizá pueda intervenir de algún modo en nuestro problema. Bien hablando con los propios padres o bien derivando al menor a alguna sección de la seguridad social.

¿Qué ocurre si los padres están separados y uno de los dos no da la autorización? 

Si los padres del menor están separados o divorciados lo recomendable es revisar la sentencia para comprobar si el ejercicio de la patria potestad es conjunto (que suele ser lo habitual) o si, por el contrario, uno sólo de los titulares cuenta con el ejercicio exclusivo en algunas cuestiones (como podrían ser las intervenciones de un psicólogo).

Si uno de los titulares no otorga consentimiento para la intervención de un psicólogo, el tutor solicitante puede recurrir vía judicial. En este caso un juez oirá a ambos titulares de la patria potestad y al menos si este tuviera más de 12 años. Tras esto el juez atribuirá la facultad de decidir al padre o a la madre, pudiendo tomar este la decisión sin el consentimiento del otro.

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